El Consistorio recurrió la Resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Castelló sobre el justiprecio de 7.000 metros cuadrados de suelo de la mercantil. Recientemente otra sentencia implica tener que indemnizar a Marina d’Or con 2,7 millones de euros
Una sentencia de la sección segunda de la sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha desestimado el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Peñíscola contra la Resolución de mayo de 2007 del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Castelló sobre el justiprecio de los terrenos expropiados a Levantina de Desarrollo SA (Levasa) para ejecutar el proyecto de urbanización de accesos a Peñíscola previsto en el PGOU de la localidad. El Fallo del TSJCV fija el justiprecio en 4.255.329,64 euros más sus intereses legales.
El Consistorio anunció la pasada semana un recurso a esta y otras Sentencias recaidas en materia urbanística. En el presente caso de Levasa tan solo podría ser de casación ante el Tribunal Supremo por la elevada cuantía y por tratarse de normativa aplicada de rango estatal y no autonómica. Las partes demandadas –Levasa y Ayuntamiento- contestaron a las respectivas demandas mediante escritos en los que se solicitó la desestimación del recurso y la confirmación integra de las resoluciones objeto del mismo por estimarlas ajustadas a derecho. Los hechos se remontan al proyecto de urbanización de accesos a Peñíscola de 1984, previsto en el PGOU de la localidad, que data de la década de los 70.
Para ello el Consistorio expropió 7.044 metros cuadrados de suelo urbano, sin urbanización consolidada. El Consistorio estableció unas valoraciones de 2,751.756,21 euros alicando valores mediante el denominado método residual y con un aprovechamiento de 0,69 m2/m2. Levasa alegó que el coeficiente debía ser de 1,07m2/m2 y un justiprecio de 4.255.329,64 euros. El Consistorio opinó que la valoración debía realizarse con fecha de 1984 y no de 2004. El TSJCV da por buenas las valoraciones realizadas por los peritos y las apreciaciones del Jurado de Expropiación.
El Tribunal sostiene que las distintas valoraciones se han demorado por varios recursos y sentencias y al no haberse trasladado hasta 2004 el expediente de expropiación para que el interesado formulara su hoja de aprecio, por lo que fue en ese momento cuando entró en acción el justiprecio. Más imprevistos En el peor momento económico del Consistorio en los últimos años le han surgido recientemente dos sentencias claramente desfavorables y que pueden tener serias repercusiones para las inversiones de este municipio turístico de 6.000 habitantes.
La pasada semana se comunicó una sentencia del TSJCV, que ha sido recurrida por los servicios jurídicos externos del Consistorio, que implica tener que indemnizar al grupo Marina d’Or con 2,7 millones de euros por no haber permitido a la empresa desarrollar una urbanización en Cerromar en el año 1999, cuando PP e IDP gobernaban fruto de un pacto de gobierno.