Inici Express El Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Castelló califica de contrario a derecho el hormigonado de una pista en la Serra d’Irta

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Castelló califica de contrario a derecho el hormigonado de una pista en la Serra d’Irta

per Redacció
Treballs d'asfaltat (arxiu)

Lloc que es va formigonarGecen denunció los hechos y denuncia las agresiones y falta de regulación en el parque natural. El Consistorio se muestra “estupefacto” por la sentencia y dice tener permisos

El Juzgado Contencioso-Administrativo nº 2 de Castelló ha estimado la demanda interpuesta por la asociación conservacionista Gecen por la ejecución por parte del Ayuntamiento de Peñíscola del hormigonado de 300 metros del Camí del Pebret, realizado en 2010. La sentencia concluye que “la actuación denunciada es contraria a derecho”, señalando el Juzgado que “el Ayuntamiento no ha realizado acto administrativo alguno que avale la actuación”. El hormigonado fue denunciado en julio de 2010 por la asociación, por el impacto medioambiental que causaba supuestamente sobre el Parque Natural al permitir el acceso masivo de vehículos a motor sin regulación alguna. El Consistorio contestó la demanda atendiéndose en febrero de 2011.

En una nota GECEN señaló que “sobra hormigón” y que “urge una regulación del uso público del parque natural que analice la capacidad de carga de las calas e impida la masificación de éstas”. Dicha masificación supone interferencias significativas en el ecosistema litoral y echa a perder muchas de las ya de por sí pocas actuaciones a favor del paisaje, el ecosistema y la biodiversidad litoral llevadas a cabo por la Conselleria.           

La asociación pide que se regule el tránsito de vehículos a motor evitando el libre y masivo acceso, y se racionalice la cantidad de vehículos y de personas que pueden visitar conjuntamente las playas del Parque. GECEN recuerda que el principal objetivo del Parque es la conservación del patrimonio natural que éste posee y que el uso social debe ser compatible con dicho objetivo, al igual que ocurre en el Parc Natural de les Illes Columbretes, que tiene el mismo director y en el que “hay un número máximo de visitantes, ya que estamos ante un ecosistema singular y de especial valor que no es para nada una playa urbana”.

Treballs d'asfaltat (arxiu)Así Gecen señala en la misma nota la necesidad de instalar cadenas y un número máximo de visitantes, como se ha hecho en otros parques naturales “en pro de la necesaria ordenación del tráfico y la gestión de un uso social sostenible que no perjudique los excepcionales valores naturales que el Parque posee”. Para esta asociación “la Conselleria parece estar muy lejos de este concepto y ya en 2004 se hormigonaron otros 300 metros. Hormigonar poco a poco por tramos el camino litoral y luego ¿asfaltar?, ¿es esa la estrategia de la Conselleria?”, se preguntan.

Sorpresa en el Consistorio

La sentencia cayó como un jarro de agua fría en el Consistorio que decidió esperar un informe de los servicios jurídicos sobre la misma y los hechos planteados por el Magistrado antes de pronunciarse. El edil de Urbanismo, Romualdo Forner, admitió haberse quedado “a cuadros” tras leer la sentencia de lo Contencioso-Administrativo. “No nos atrevemos a hacer nada dentro del parque natural ni la marjal sin el informe favorable de la Conselleria de Medio Ambiente y en el hormigonado de Irta se pidió y obtuvo”, señaló.

A pesar de ello en los fundamentos de derecho de la sentencia se señalan que “no se ha probado el gasto, no constan los requisitos de la empresa contratista, no hay factura, ni procedimiento, ni exposición pública y Gecen alega la vulneración de la normativa sobre hábitats, biodiversidad y evaluación de impacto ambiental”. El Consistorio alegó que “era a la Conselleria a quien se debería haber traído a pleito”, al ser la facultada para emitir la resolución preceptiva de las obras. El Consistorio señaló que la mejora era para mejorar el acceso y evitar desplazamientos y negó afecciones al medio natural. A pesar de ello y apelando a la similitud con una Sentencia del Supremo previa se señala que “no consta acto administrativo alguno por parte de la Corporación demandada que ampare la actuación material llevada a cabo … que le dote de cobertura jurídica y, por consiguiente, es contraria a derecho”. El pasado año el Consistorio asfaltó otros 700 metros hacia el ermitorio de Sant Antoni con un asfalto más integrado en el terreno al simular el color de la tierra de la zona, en el que se invirtieron 70.000 euros. En la Serra d’Irta Gecen ha denunciado en los últimos años la proliferación de obras de dudosa legalidad, como la ejecución de las antenas del SIVE de vigilancia marítima sin permisos o la ejecución de un hotel en Alcossebre sin contar con los permisos necesarios, por lo que han denunciado el descontrol existente en este paraje protegido.


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