Gecen reprochó la ejecución de pistas declaradas nulas judicialmente y pidió un control de la circulación a motor
La consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, Isabel Bonig, ha contestado a la diputada Mònica Oltra (Compromís) que preguntó por el hormigonado de una pista que fue declarado nulo por sentencia de la sala Contencioso-administrativa dando así la razón al grupo conservacionista Gecen, que “es el PRUG el que regula el tránsito y aparcamiento de vehículos en el Parque Natural”.
Oltra preguntó además si el Consell piensa regular el acceso de vehículos al paraje, atendiendo la masificación y descontrol que se produce en algunos momentos del año a lo que contribuye la mejora en los accesos y el asfaltado de pistas. En la respuesta Bonig apela al artículo 60 del Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Natural de la Serra d’Irta, en el que se apunta al tránsito como algo excepcional: “solamente se permite en los caminos y pistas del Parque Natural, con el debido respeto a la propiedad privada y al derecho a la privacidad de sus propietarios, con la excepción de los servicios del Parque que también podrán transitar por las sendas en el desarrollo de tareas de vigilancia y gestión del medio natural”.
El articulado establece una velocidad máxima permitida de 30 km/h y se señala al director-conservador o el órgano competente en espacios naturales protegidos como aquellos que podrán limitar temporalmente la circulación, la permanencia y el tránsito de personas o vehículos en el ámbito del Parque Natural por razones ecológicas, como por ejemplo áreas de cría, ecosistemas en regeneración y áreas de mayor concentración faunística. El PRUG admite que “es objetivo del Parque Natural mejorar la gestión del tránsito por el camino principal de trazado paralelo a la costa, con el fin de superar los actuales problemas de saturación de las áreas de aparcamiento”. Si bien no se limita de manera permanente el acceso al Parque a un número determinado de vehículos, el director-conservador o el órgano competente en espacios naturales protegidos podrán decidir la realización de ensayos de limitación del acceso de vehículos privados salvo los de los propietarios de terrenos en el ámbito del Parque Natural. El resultado de los ensayos que puedan realizarse, además de las valoraciones técnicas que realice el órgano competente en espacios naturales protegidos, se valorará en reuniones de la Junta Rectora”. Además se señala a que el establecimiento de una limitación en la cantidad de vehículos que puedan transitar por el camino principal de trazado paralelo a la costa, queda condicionado a la creación de un servicio regular de transporte público con recorrido Peñíscola-Alcossebre en los días en que se limite el tránsito.
Por otro lado elude pronunciarse al respecto de dicha sentencia del Juzgado Contencioso-administrativo número 2 al señalar que no está bien identificada la sentencia en la pregunta de la diputada.
El Consistorio anunció recientemente que volverá a tramitar el procedimiento tras conocerse la sentencia judicial, a pesar que aseguró que disponía de todos los permisos.